Recurrir multas y seguros por pérdida de carné de conducir

martes, 15 de diciembre de 2020

Como recurrir una multa de la ORA que ha prescrito

Coche sin distintivo en zona de aparcamiento limitado. Recurso de una multa de la ORA que ha prescrito.

En este artículo adjunto un ejemplo de como debe ser el escrito para recurrir una multa de la ORA que nos ha sido notificada fuera de plazo, es decir, que ha prescrito. Es conveniente señalar que es muy posible que este tipo de recursos no sirvan para que nos quiten la correspondiente multa. Esto es debido a que la autoridad sancionadora puede haber llevado a cabo alguna acción para interrumpir el plazo de prescripción, como por ejemplo la publicación de la multa en el Boletín Oficial de la Comunidad o algún otro Boletín Oficial.

Expediente: 1234567.0 567890/12345
Vehículo: 5678 ABC
Fecha infracción: 03-02-2007

AL EXCMO. SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

DON JUAN MULTAS ORA, cuyas demás circunstancias constan en el expediente arriba referenciado, comparece y, como mejor proceda, dice:

Que ha recibido la NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA por correo Ordinario con fecha 17 de mayo de 2007 dictada por este Ayuntamiento en Expte. Nº 1234567.0 567890/12345, por la que se resuelve imponer una sanción por estacionar sin el correspondiente distintivo en zona de aparcamiento regulado por importe de 52 euros por presunta infracción cometida el día 3 de febrero de 2007.

Que anteriormente no había sido notificado, siendo por tanto la primera comunicación que recibe de la sanción la anteriormente reseñada.

Que no estando conforme con la denuncia, formula en tiempo y forma el presente escrito de descargos sobre la base de las siguientes

ALEGACIONES:

PRIMERA.- Que él no aparcó en esa fecha en dicho lugar, por tanto no cometió la infracción que se le imputa.

SEGUNDA.- Independientemente de lo anterior, aunque hubiera cometido dicha infracción, tratándose de una de las calificadas como leves, ésta hubiera prescrito ya que el plazo establecido en el Artículo 81 de la Ley de Seguridad Vial es de tres meses (3 meses) para las infracciones leves a contar desde el día en que se cometieron los hechos.

Siendo los plazos de prescripción establecidos para la seguridad jurídica de los administrados, no corresponde la sanción ya que el derecho de defensa queda vulnerado por estar los hechos muy alejados en el tiempo, dificultando cuando no imposibilitando que los hechos sean refutados. En este caso concreto, después del tiempo transcurrido se podría tener dudas de si realmente se aparcó en zona ORA o de si al hacerlo, luego se tiró el correspondiente justificante de pago.

En su virtud,

SUPLICA: Se sirva tener por presentado este escrito, por hechas las manifestaciones que contiene, por formulado escrito de descargo contra la notificación de la denuncia de referencia, admitirlo, tramitarlo conforme a derecho y dictar resolución, por la que se declaré la prescripción de los hechos, la anulación del expediente sancionador y se deje sin ningún valor ni efecto la multa notificada.

En gracia que espera alcanzar.

En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil siete.

Firma en escrito para recurrir multas
Fdo: Juan Multas Ora.

Nota: Los datos en negrita son datos que se deben sacar de la notificación de la denuncia o multa.

Artículos relacionados: Como recurrir una multa de aparcamiento.

17 comentarios:

Kaworu dijo...

Buenos días, a resusltas de un problema con multas de la Ora he ido a dar con éste blog y me gustaría saber si me puede responder a una duda sobre mi situación.
Resulta que no me ha llegado ninguna notificación sobre las multas y al ir al banco me han dicho que tengo un embargo pendiente por esas multas, al llamar a hacienda para que me informaran a qué se debía me han comunicado que son dos multas de febrero del 2009 ¿Sería posible recurrir en esta situación?

JLPM dijo...

Hola Kaworu,

Las infracciones leves, como es una multa de aparcamiento, prescriben en el plazo de tres meses. El plazo para infracciones graves es seis meses, y un año para infracciones muy graves y para infracciones adminitrativas.

El plazo de la prescripción se inicia el día de la denuncia y se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado.

El expediente caduca cuando ha pasado un año desde que se inició el procedimiento y la administración no ha dictado resolución sancionadora.

Finalmente, la prescripción de un expediente en ejecutiva es de cuatro años.

El problema es que el hecho de que no te haya llegado ninguna notificación a casa, no te da derecho a recurrir las multas. El Ayuntamiento te habrá enviado las notificaciones a tu domicilio, y si no las recibiste por estar ausente las habrá publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, y la fecha de publicación será la fecha en que la denuncia constará como notificada.

Cuando el plazo de pago de la notificación de la sanción (20 días naturales) ha finalizado, y puesto que no se presentaron alegaciones contra la denuncia o sanción, se inicia el periodo ejecutivo de cobro de las sanciones.

Por lo tanto, en tu caso creo que no se puede hacer nada.

Isma dijo...

Buenas,

tengo una duda que espero me pueda aclarar.

En mayo 2010 me pusieron varias multas por aparcar en zona azul por error, ya que tenia el distintivo para la zona verde, pero simplemente equivoque' el color.

Contrate' los servicios de una empresa gestora de recursos por un anio.

La u'ltima comunicacio'n del ayuntamiento a recursos me lleg'o a finales de enero 2011, las cuales volvieron a ser contestadas por parte de la empresa que he mencionado. Hasta el momento no he vuelto a tener ninguna otra comunicacio'n.

En dos semanas vence el anio con esta empresa de recursos, y ya que yo no vivo ya en Espania, quisiera saber si todavi'a esas multas siguen activas o el ayuntamiento podri'a seguir reclamandolas, para asi saber si me conviene darme de baja o contratar un anio ma's.

Un saludo

JLPM dijo...

Consumer, en nuestra opinión lo más adecuado es que te pongas en contacto con la empresa de recursos de multas y le preguntes a ellos en que estado se encuentra tu multa.

Las aseguradora debería hacerse cargo de todos los recursos futuros aunque no renueves la poliza puesto que la multa te la pusieron cuando el seguro estaba vigente. Pero a lo mejor en el contrato que firmastes las condiciones indican lo contrario.

De nuevo todo apunta a que contactes con la empresa que te está recurriendo la multa.

Zuino dijo...

Buenos dias , me ha comunicado el banco que hay un embargo por dos multas.
Una es leve del 2008 y otra grave del 2009.
Hay algo que hacer??? o pago directamente???
Un saludo y muchas gracias

JLPM dijo...

Hola Zuino, si tienes dinero suficiente en el banco para hacer frente al pago de esas dos multas, el embargo simplemente significa que ese dinero será retirado de tu cuenta y el embargo será retirado. Si no tienes dinero suficiente entonces el embargo permanecerá hasta que ingreses el dinero necesario para pagarlas.

No puedes hacer nada salvo pagar.

victor beltran dijo...

hola, respecto a el plazo de prescripcion de la denuncia tengo la siguiente duda. Me ha llegado una denuncia de la ORA por exceso de tiempo autorizado. La cuestion es que lleva fecha del 20 de septiembre y yo la recogi en correos el 23 de Diciembre, ha prescrito??. Muchas gracias.

JLPM dijo...

Hola Víctor, el plazo de prescripción es más amplio a tres meses. De cualquier forma ahora las multas se publican en el TESTRA de forma automática y esto sirve de notificación oficial por lo que actualmente es prácticamente imposible que una multa prescriba debido a que no ha sido notificada a tiempo.

JLPM dijo...

Una vez que te han embargado el dinero ya poco se puede hacer. Si es mucho dinero te aconsejo que te asesores con un abogado, en caso contrario da el dinero por perdido.

Por cierto, es la primera vez que oigo que se embarga una cuenta por impago de una multa de hace más de seis años.

Unknown dijo...

Buenos días:

Solicito vuestra ayuda y consejo para lo que me acaba de ocurrir. Cuento mi caso:
Vivo y conduzco por Madrid pero mi coche, desde que lo compré en 2010, está domiciliado en Santander a nombre de mi madre.
Acaba de llegar a mi domicilio de Santander, la carta de pago de providencia de apremio para varias multas de la ORA en Madrid. Las fechas de infracción son de 2013, salvo una de febrero de 2014. Sin embargo, me aparecen las fechas de providencia de apremio en 2014.
En TESTRA, sólo me aparecen 2 multas y nunca me han notificado nada antes. El domicilio sigue siendo el mismo desde que compré el coche.
¿Puedo recurrir, aludiendo a que han prescrito al haber transcurrido más de 3 ó 6 meses desde la fecha de infracción? Entiendo que además debería indicar que si no me han notificado dichas multas antes, es por un error suyo, ya que la dirección siempre ha sido la misma. Y en este caso, solicitarles los acuses de recibo de dichas notificaciones.
¿Debo recurrir cada multa por separado, o al haber llegado juntas, debo hacer un único recurso?
Si no fuera así, ¿qué debo hacer?

Un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda.

Yo dijo...

Una pregunta, saber si el plazo se detiene cuando te publican la multa en el B.O.E. o en el TESTRA

JLPM dijo...

Una vez que la multa se publica en el B.O.E. o en el TESTRA se da por notificada, y no es que se detenga el plazo, sino que si la multa ha sido notificada en plazo ya no prescribe por no haber sido notificada.

JLPM dijo...

Noelia, mi consejo es que te asesores con un abogado porque tu caso es bastante peculiar.

Jelen dijo...

Hola, me han publicado una multa de aparcamiento de febrero en el BOE a finales de septiembre, que intentaron notificarme en agosto y no pudieron porque no estaba en casa. Obviamente cuando se publicó ya habían transcurrido de sobra los 3 meses descontando el estado de alarma. Mi duda es si el intento de notificación de agosto interrumpió la prescripción o si puedo considerar el 18 de septiembre como fecha de la primera notificación y por tanto considerarla prescrita.
Muchas gracias, un saludo

trile dijo...

Una cosa, lo que se dice que es imposible recurrir prescripción porque se publica en el tetra automaticamente, no es correcto he buscado mis dos denuncias de aparcamiento de febrero del 2020 y no aparecen en el Tetra con lo que si puedo recurrir prescripción incluso con el tramite administrativo paralizado por el covid ya que han pasado 7 meses y el estado de alarma finalizo el 20 o 21 de Junio mas de 3 meses desde dicha fecha, mas el otro mes antes del confinamiento

trile dijo...

Jalen, a mi me llego como a ti en septiembre, pero la fecha detrás de la denuncia pone 26 de agosto no se porque, de todos modos son 7 meses desde la infracción y 3 meses justitos Julio agosto y septiembre desde fin de estado de Alarma, mis denuncias no aparecen en el Testra tetra o como se llame

Unknown dijo...

Hola buenos dias.En mi caso me ha llegado un embargo de la cuenta a mi lugar de trabajo .El importe es de 3.300€. No explica de que es pero si puedo pensar que sea de la zona azul, pues es en lo unico que durante 2005 a 2012 me caía una multa dia si, dia no. Ete expediente llega a fecha de 2016 y como ya he dicho me reclaman dicha cantidad. Si que en su momento recibiria las notificaciones correspondientes pero nunca me hice cargo. Que debo de hacer