Recurrir multas y seguros por pérdida de carné de conducir

lunes, 8 de noviembre de 2021

Multas por conducir con chanclas o sandalias

Hace unos días me llegó un email en el que un lector del blog me preguntaba si podían o no sancionarnos, poniéndonos la correspondiente multa de tráfico, por conducir con chanclas o sandalias. Está claro que a un agente de tráfico le resultará bastante difícil determinar el tipo de calzado que llevamos al conducir, pero si nos detienen, nos hacen salir del vehículo, y nos ven conduciendo con chanclas, será difícil que nos escapemos de la correspondiente multa. La justificación, aparte de basarse en la lógica, también se basa en el artículo 17 del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre).

Pedales de un coche

Dicho artículos establece que los conductores deben, en todo momento, estar en condiciones de controlar sus vehículos debiendo conducir con la precaución y atención necesarias para eludir todo daño, propio o ajeno, teniendo cuidado de no poner en peligro al propio conductor, a los ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía.

Esta claro que las chanclas y algún tipo de sandalias pueden deslizarse fácilmente del pie, este hecho puede hacer difícil para el conductor, o incluso imposibilitar, el uso de los pedales, embrague, freno o acelerador, siendo estos instrumentos esenciales a la hora de controlar el vehículo. Un conductor debe poder usar con toda precisión los pedales del automóvil.

Por tanto, calzar mientras se conduce un zapato inapropiado, aparte de constituir una clara imprudencia, es un hecho sancionable que. si el agente de la autoridad lo considerase oportuno, conllevaría la correspondiente multa de tráfico.

13 comentarios:

ocbrollo dijo...

Hola, yo no se que código de circulación es que miras tu pero yo he mirado el código al que tu te refieres y bien es cierto que pone que el conductor debe estar en condiciones de controlar su vehículo, para evitar algún daño posible, pero el guardia civil que te pare no podrá determinar si tu pones en peligro la conducción por usar chanclas, ya que un zapato de tacón, unas zapatillas con una poca plataforma, o unas botas altas que impidan el correcto giro de tobillo también podrían ser causa de sanción y no lo son, con esto quiero decir que no conozco a nadie que le hayan sancionado por ir con chanclas y a mi me han echo bajar del coche bastantes veces y varias de ellas con chanclas he preguntado a guardias civiles y si puede ser que algún borde te sancione pero lo único que tienes que hacer es recurrir la sanción alegando que tu con chanclas vas cómodo y eso no hay juez que pueda negarlo

Jois Perllo dijo...

Según el código el hecho es sancionable según interprete el agente pero lo que para mi está claro es que conducir con chanclas constituye una grave irresponsabilidad, incluso más que conducir sin cinturón porque pones en peligro a otras personas y no solo a ti.

Las chanclas al no tener sujeción en el talón pueden deslizarse fácilmente del pie y meterse debajo de los pedales pudiendo causar un accidente.

Sin ir más lejos mi hermano sufrió un accidente por alcance multiple porque al primer conductor se le deslizó la sandalia debajo del pedal del freno y sin querer frenó bruscamente al intentar buscarla.

Yo sé de buena tinta que este verano han estado sancionando por este hecho en algunas localidades costeras, aunque ciertamente muchas veces que te sancionen o no depende del guardia civil en cuestión.

Desde luego con chanclas puedes ir muy cómodo, pero el riesgo está ahí.

Conductor Anónimo dijo...

Tiene su lógica aunque espero que no sea una sanción desproporcionada.

No sé si ha sido intencionado, pero me hizo gracia lo que has dicho: "...calzar mientras se conduce un zapato inapropiado..."

XD

Unknown dijo...

Yo lo que hago es echar las chanclas donde no puedan ponerse entre los pies y los pedales, y conducir descalzo. ¿Esto también es punible, o es correcto?

JLPM dijo...

Yo entiendo que estaría sujeto a la interpretación del agente.

Lo cierto quizás tu puedes hacerlo porque tienes un pie grande, pero creo que con pies pequeños o sensibles no debería hacerse. Por otra parte en caso de accidente, incluso aunque sea leve, los pedales pueden causar lesiones importantes en los pies cosa que no ocurriría si vas calzado.

Unknown dijo...

Elena Zapatero, tu hermano sufrió un accidente por no guardar la distancia de seguridad, nada más.
Si al primero en lugar de la chancla se le cruza un niño o un animal y frena de golpe.....que?

Betelgeuse dijo...

Miguel, no puedo estar más en desacuerdo con tu comentario. Desde luego que el no guardar la distancia fue un factor del alcance, pero la culpa fue del conductor que frenó bruscamente por causa de llevar un calzado inadecuado.

dandyboy dijo...

Conducir con chanclas o sandalias es una temeridad y no debería estar permitido . ¿ A quién no se le ha escurrido la sandalia del pie alguna vez ? Es muy peligroso y yo no me montaría en el coche de un conductor que llevase chanclas o sandalias . No es un calzado apropiado , se diga lo que se diga , y se debería sancionar su uso . Pienso que el código actual no es lo bastante claro al respecto .

Unknown dijo...

Vamos a ver y conducir con zapatos de tacón, con botas, zapatos anchos de los que pidas el freno y al mismo tiempo estas pisando el acelerador no es temerario, por favor si es que en España queremos ser más papistas que el papá, si en Francia, Alemania etc., dicen A nosotros no nos quedamos atrás, hacemos eso y más, aunque sean medidas descabelladas, impracticables y discrecionales. Un poquito de sentido comun si que nos hace falta

Unknown dijo...

El conducir con tacones, con plataforma, botas de agua o de seguridad e incluso descalzo están contemplados como calzados inseguros para conducir,(menos descalzo, que no llevas calzado), otra cosa es que te sancionen o no...ya que queda a interpretación del agente que te pare...las sanciones pueden llegar a 200€ (es lo que he leído en algún sitio)... Si que es cierto que no lo pone en el código de circulación, pero puede constituir un riesgo en la conducción..

Unknown dijo...

Oí decir en una emisora de radio decir a la anterior Directora General de Tráfico que no existe ninguna norma que prohiba circular calzando chanclas y que sólo es denunciable cuando el Agente de la autoridad observé que alguna maniobra peligrosa sea achacable claramente a la conducción con este tipo de calzado. Cuando algún Agente te denuncie por llevar este calzado, pedirle que lo haga constar en el Boletín de Denuncia si ha visto la realización de alguna maniobra peligrosa. Veréis como se niega ha acerlo constar.

Unknown dijo...

"hacerlo""

adiegol dijo...

Casi tengo un accidente por conducir con chanclas simplemente porque al intentar pasar el pie del acelerador al freno, la chancla se enganchó debajo de este último impidiéndome colocar el pie con la rapidez que lo hubiera hecho en otras condiciones. Desde ese susto, nunca más usé ese calzado al volante.