
Es bien sabido que anteriormente se permitía circular a 140 Km/h en autovía con un turismo o una motocicleta, y sólo cuando se circulaba a 141 Km/h o a una velocidad superior, el radar saltaba y realizaba la fotografía del vehículo infractor. Ahora la Guardia Civil de Tráfico podrá poner más multas ya que ese margen ha quedado reducido a 132 Km/h en los tramos limitados a 120 km/h. Por lo tanto, ahora nos podrán sancionar por circular a 133 Km/h, esta infracción es considerada grave y conlleva una multa de 120 euros sin pérdida de puntos.