Las infracciones del código de circulación que implican recibir una multa y además la pérdida de cuatro puntos en el carné por puntos son:
1) Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores de alcohol en aire espirado entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l (para profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad los límites son menores y se encuentran entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l). Infracción muy grave sancionable con multa de 500 euros.
2) Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido (pérdida de 4 puntos eliminada).
3) Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos (pérdida de 4 puntos eliminada).
4) Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello, es decir, conducir sin la clase de permiso o licencia necesarios. Infracción muy grave sancionable con multa de 500 euros.
5) Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros.
6) Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía (pérdida de 4 puntos eliminada).
7) Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km/h (ver tabla de multas por exceso de velocidad).
8) Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, no respetar los ceda el paso o la obligación de detenerse en la señal de stop y en los semáforos con la luz roja encendida. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros (*).
9) Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida. En pocas palabras, realizar adelantamientos indebidos. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros (*).
10) Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros (*).
11) Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros (*).
12) Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado (pérdida de 4 puntos eliminada).
13) No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros.
Con la nueva Ley de Tráfico también es posible perder 4 puntos por:
14) No respetar la distancia de seguridad. Infracción grave sancionable con multa de 200 euros.
15) Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. Infracción muy grave sancionable con multa de 500 euros.
(*) Si se comete esta infracción no opera el límite de pérdida máxima de ocho puntos por día.
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