Recurrir multas y seguros por pérdida de carné de conducir

miércoles, 15 de abril de 2020

Puntos perdidos por no llevar sillita, casco o cinturón de seguridad

Multas y pérdida de puntos en el carné por puntos por no llevar el cinturón de seguridadEl conductor de un vehículo que es multado por no llevar abrochado el cinturón de seguridad perderá tres puntos, lo mismo que el piloto de una moto o de un ciclomotor que recibe una multa por circular sin el casco. La sanción asciende a 200 euros. Si, por contra, son los acompañantes los que no utilizan el cinturón de seguridad o el casco, entonces la infracción no comporta la pérdida de puntos al conductor ya que no se le considera responsable de lo que hagan los ocupantes. Éstos recibirán tan sólo una multa con sanción económica.

La obligación de llevar el cinturón de seguridad y el casco rige para ciudades y carreteras, afectando tanto a ocupantes como a conductores, exceptuando los trayectos urbanos de vehículos de emergencias, taxis y coches de autoescuelas. No obstante, a pesar de que los taxistas no tienen la obligación de llevar el cinturón de seguridad cuando circulan por la ciudad, sus viajeros se arriesgan a una multa si no lo llevan. En los autocares con cinturones de seguridad instalados, los pasajeros deben llevarlos abrochados.

Sin embargo, conviene señalar que si un coche circula con un niño sin el correspondiente mecanismo de retención infantil o sillita, el conductor no perderá ninguno de sus puntos. Esto es un claro fallo de los legisladores, que no incluyeron esta infracción en el catálogo del nuevo sistema, pese a que en este caso sí puede considerarse que el piloto es el responsable de la infracción. La nueva Ley de Tráfico ha cambiado este error legislativo y ya se sanciona con la pérdida de 3 puntos a los conductores que lleven a un niño sin el correspondiente mecanismo de retención infantil o sillita.

Por otro lado, lo que sí comporta la pérdida de dos puntos en el carné por puntos es llevar a menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas (esta pérdida de puntos ha desaparecido con la nueva Ley de Tráfico).

2 comentarios:

Unknown dijo...

Buenas, soy un taxista y el cliente iba sin cinturon de seguridad, circulaba en la M-50.
¿Puede ser multado el taxista en este caso?
El taxista, si que llevaba el cinturón de seguridad.

JLPM dijo...

Hola Ángel Luis,

Por normativa, los taxistas -al igual que los profesionales de carga y descarga, los policías y profesores de autoescuela- no están obligados a ponerse el cinturón en zonas urbanas. Sin embargo, los clientes ,desde 1992, si que tienen que llevarlo de forma preceptiva en todas las vías.

Responsabilidad del pasajero: la normativa establece que el pasajero es el único responsable de llevar puesto el cinturón. Esto quiere decir que los agentes pondrán la multa al cliente y no al taxista.

Ojo que, al igual que en los vehículos privados, en los taxis el cinturón es obligatorio tanto para los que clientes que viajan en los asientos traseros como para los que lo hacen en el delantero.