Recurrir multas y seguros por pérdida de carné de conducir

miércoles, 11 de septiembre de 2024

¿Pueden multarme por no llevar gafas después de ser operado de la vista?

Suponiendo que nos hayamos operado de la vista, que pruebas médicas posteriores determinen que no necesitemos utilizar lentes correctoras (gafas o lentillas), y que nuestro carné de conducir refleje la obligación de que las llevemos (código 01). ¿Podrían sancionarnos y ponernos una multa por conducir sin ellas? ¿Es suficiente si llevamos un justificante médico hasta que tengamos que renovar el permiso de conducir?

Multa por no llevar gafas

Respuesta: multa por no llevar gafas

Los códigos que figuran en los carnés y licencias de conducción hacen referencia a distintas circunstancias relacionadas con las condiciones de conducción del titular: necesidad de utilizar elementos o ayudas técnicas por sufrir o padecer algún tipo de discapacidad, restricciones, limitaciones en la circulación o algún tipo de información administrativa.

El código 01 está asociado con la necesidad de corregir o proteger la visión durante la conducción, y el subcódigo 01.01, determina la obligación de usar gafas. Cualquier modificación de estos códigos en un permiso de conducir la debe decretar la Jefatura Provincial de Tráfico, justificando el motivo para excluirlo o incluirlo.

En este sentido es necesario que el interesado aporte a un centro de reconocimiento médico de conductores, el informe oftalmológico sobre la cirugía que le ha sido practicada y que éste certifique su aptitud visual. Una vez recibido este informe, la Jefatura Provincial de Tráfico procederá a excluir o abolir el código 01. Conducir sin hacer uso de las restricciones impuestas en los códigos es infracción administrativa grave, sancionable con multa de hasta 300 euros.

En conclusión: Si nos operamos de la vista, antes de poder volver a conducir, debemos justificar adecuadamente que ya no tenemos la necesidad de llevar lentes correctoras, y el código de restricción correspondiente no debe figurar en nuestro carné de conducir.

18 comentarios:

emf dijo...

Tengo una duda, en mi carnet de conducir pone en observaciones 01 eso quiere decir que tengo que usar gafas obligatoriamente? O solo si pone 01.01? o quiere decir que puedo usar gafas, lentillas, etc? Es que me han parado algunas veces pero nunca me han dicho nada... no se si es que no se fijaron, por eso tengo esa duda ahora.

Gracias!

;-)

JLPM dijo...

Si sólo pone el código 01 quiere decir que debes llevar algún tipo de aparato para la corrección y protección de la visión.

Si además aparece el subcódigo entonces es que debes llevar el aparato específico asociado con ese subcódigo:

- 01.01 Gafas.
- 01.02 Lente o lentes de contacto.
- 01.03 Cristal de protección.
- 01.04 Lente opaca.
- 01.05 Recubrimiento del ojo.
- 01.06 Gafas o lentes de contacto.

emf dijo...

Gracias por la respuesta!

Unknown dijo...

Hola.

Yo llevo normalmente lentillas mientras conduzco (aunque a veces también gafas). En mi carnet de coche no se indica nada a este respecto. Ahora voy a sacarme el de moto, dónde sí indicará que tengo miopía (porque en el psicotécnico así lo pone).

¿Es obligatorio llevar gafas/lentillas de repuesto en el coche y también en la moto? He visto gente que dice que ya no es obligatorio, otros que sí...

Gracias!

JLPM dijo...

Raúl, ya no es obligatorio llevar gafas de repuesto pero nunca está de más hacerlo, en especial si llevas lentillas ya que seguro que también tienes unas gafas.

Unknown dijo...

Ok, muchas gracias por resolverme la duda!!

MARIAJO dijo...

Buenas tardes!

En Abril va a hacer un año desde que me operé de la vista, no he modificado el carnet de conducir. ¿Que me puede interesar más, renovar el carnet el mismo día que me operaron o hacer antes de que cumpla el año? ¿Existe alguna multa por no haber lo hecho antes del año?.
En el centro de psicotecnicos me han comentado que es mejor hacer el cambio de carnet en el mismo día que me operé, que así no tendría que renovarlo de nuevo el año que viene.
Yo me inclino más en renovarlo antes de que cumpla ese año y cumplir con lo que dice la normativa.

Gracias de antemano,

Un saludo

Mariajo

JLPM dijo...

Mariajo, nadie te va a multar por no haber puesto al día tu carné de conducir después de operarte de la vista ya que puedes alegar que no has conducido hasta la fecha. No obstante, si te paran lo agentes de la autoridad y te reclaman el carné de conducir, si que te van a poder poner una multa. Debes renovar el carné cuanto antes.

Unknown dijo...

Pregunta: Si te has operado de la vista, te has quedado perfecto, y presentas los certificados médicos correspondientes, ¿hay que renovar el carné de conducir cada año?

JLPM dijo...

Oliver, la respuesta a tu pregunta es no, el carné de conducir se tiene que renovar antes de que caduque pero eso es todo. Una operación de la vista no implica que tengas que renovarlo anualmente.

Unknown dijo...

muchas gracias, y que paséis todos una feliz navidad.

frono dijo...

hola amigos. ¿alguien sabe que significa:106.1(09071986).01.102?
gracias y felices fiestas.

Unknown dijo...

No veo infraccion grave en estos hecho, pero si puede ser denunciado como tal con 200€, ahora bien esa denuncia grave se recurre para a posteriori pagar solo por una leve o incluso no tener que pagar nada.

Me explico, comprobado el agente que debes de llevar un tipo de lente y no la llevas, por tener el codigo 01, te podra denunciar por carecer de la misma.

Ahora, si procedes a recurrir alegando que ya no te hace falta llevar ningun tipo de lentes para conducir desde una fecha anterios a la denuncia por haber sido aperado de la vista, entiendo que no estamos ante una infraccion grave sino leve, por no cambiar esta situacion en un plazo de 15 dias desde que cambio dicha situacion. Tambien se puede dar el caso de no haber cometido infraccion si la operacion se realizo dentro de los 15 dias de plazo que tienes desde la oparacion.

Articulo 10, del rd818/09 RG Conductores viene a decir que cualquier variacion de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducir debe ser comunicada en 15 dias a JPT.

No se si me he explicado bien, esto no es una verdad absoluta, si algo he aprendido despues de varios años de oposicion para policia local es que no existe una sola solucion en las leyes, pero si tengo claro que si me pasara algo del tema que nos ocupa alegaria de esta forma.

JLPM dijo...

Jose, gracias por tu comentario, realmente interesante lo que cuentas.

Unknown dijo...

Hola, me han puesto una multa por no llevar las gafas, en mi carnet solo pone 01, puedo alegarla diciendo que llevaba lentillas?

Miriam De La Pena dijo...

Osea que no haría falta tener que renovar el carnet si pasas de gafas a lentillas si solo pone 01?

JLPM dijo...

Unknown, en el momento de que te paran para ponerte la multa puedes indicar al agente que llevas lentillas, y lógicamente no te podrá multar. Es fácil demostrar que las llevas puestas si el agente tiene dudas y te pide hacerlo.

JLPM dijo...

Miriam, en el carnet no se indica que tipo de lente debes usar, es indistinto que decidas utilizas gafas o lentillas, por lo que no hay que renovar el carnet si cambias de un sistema a otro.